ETAPA TRANSITORIA
DE:1 de enero de 1999
A: 1 de enero del 2002
- La fijación del "precio" del EURO o tipo de conversión inamovible se decidirá por
unanimidad de los Estados miembros que inicialmente adopten el EURO, y será obligatorio
legalmente desde el 1 de enero de 1999.
- A partir de entonces, podremos utilizar el EURO en nuestras transacciones. Sin
embargo, por el tiempo que requiere la fabricación de los nuevos billetes y monedas,
los cobros y pagos en metálico tendrán que realizarse sólamente en pesetas hasta -como
muy tarde- el 1 de enero del año 2002.