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TRASTORNOS MENTALES
Y
DE LA
CONDUCTA
TRASTORNOS MENTALES Y CONDUCCIÓN
Además de las capacidades y aptitudes psicofísicas y las
enfermedades médicas, el Reglamento General de Conductores recoge, entre las
enfermedades y deficiencias que son causa de denegación, de adaptaciones o de
restricciones del permiso o licencia de conducción, una serie de trastornos
psicológicos. Se trata de desórdenes psíquicos que, en un grado u otro,
alteran la conciencia, personalidad, afectividad, inteligencia, razonamiento,
voluntad, y que precisan de un tratamiento apropiado.
Son en total 11 categorías:
Delirium, demencia, trastornos amnésicos y otros trastornos cognoscitivos.
Trastornos mentales debidos a enfermedad médica no clasificados en otros apartados.
Esquizofrenia y otros trastornos psicóticos.
Trastornos del estado de ánimo.
Trastornos disociativos.
Trastornos del sueño de origen no respiratorio.
Trastornos del control de los impulsos.
Trastornos de la personalidad.
Trastornos del desarrollo intelectual.
Trastornos por déficit de atención y comportamiento perturbador.
Otros trastornos mentales no incluidos en apartados anteriores.
Estas formas de psicopatología pueden entrañar un riesgo para la seguridad vial. En unas ocasiones porque incapacitan funcionalmente a la persona para el desempeño de una tarea compleja y coordinada como es la conducción. En otras ocasiones porque dan lugar a comportamientos inadecuados que pueden suponer un peligro para el propio sujeto o para los demás.
Una vez realizado el diagnóstico por el centro de reconocimientos, se ha de valorar el deterioro funcional de la persona y cómo este deterioro afecta a la capacidad de conducir. Para ello será necesario del dictamen favorable de un neurólogo, psiquiatra o psicólogo, dependiendo del tipo de trastorno. Esto determinará la competencia o discapacidad del individuo para la conducción y la necesidad o no de establecer restricciones al permiso.
El equilibrio psíquico se ve alterado también por el
uso y abuso de alcohol y drogas. Además, una dependencia de éstos puede
desencadenar sintomatología relacionada con trastornos de conducta y del estado
de ánimo.
(La
ocultación de datos, en relación con
enfermedades o ingesta de sustancias, medicamentos, alcohol o drogas puede
constituir delito penal y las compañías
de seguros pueden no cubrir los gastos que se hayan ocasionado tras sufrir
un accidente).
CONSEJOS:
Pida consejo a su médico sobre la conveniencia o no de conducir si padece uno de estos trastornos.
No coja el coche en las fases agudas de la enfermedad.
El inicio de un tratamiento, los cambios de medicación o de dosis son críticos; pida consejo a su médico.
El papel de los familiares y amigos es muy importante, pues en muchos casos estas personas no tienen conciencia de enfermedad.
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