| PORTADA
| PERMISO
ARMAS | RECONOCIMIENTO
ARMAS | DOCUMENTOS
|
|
TRAMITACIÓN
| SALUD
Y ARMAS | CONTACTO
| ENLACES
| NORMATIVA
| LIBROS
|
FORMACIÓN
ARMAS
| Tema I | |
|
|
| Tema II | |
|
|
| Tema III | |
|
|
| Tema IV | |
|
|
| Tema V | |
|
|
| Tema VI | |
|
|
NORMATIVA
Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana (B.O.E. nº 46, de 22 de febrero).
Ley 50/98, de 30 de diciembre de 1998, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, (B.O.E. nº 313, de 31 de diciembre).
Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (B.O.E. núm. 172, de 20 de julio de 1999).
Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas (B.O.E. nº 55, de 5 de marzo), modificado por Real Decreto 540/1994, de 25 de marzo, (B.O.E. nº 73, de 26 de marzo).
Real Decreto 316/2000, de 3 de marzo por el que se modifican algunos preceptos del Reglamento de Armas (B.O.E. nº 55, de 4 de marzo) .
Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero, por el que e aprueba el Reglamento de Explosivos (B.O.E. nº 61,de fecha 12 de marzo de 1998).
I.T.C. Nº 19 del Reglamento de Explosivos. Normas sobre la venta y los establecimientos de venta de artificios pirotécnicos de las clases I, II y III.
Real Decreto 2.487/1998, de 20 de noviembre, por el que regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada.
Orden de 18 de marzo de 1998, por la que se regulan las pruebas de capacitación para obtener determinadas licencias de armas y los requisitos para la habilitación de entidades dedicadas a la enseñanza correspondiente. (B.O.E. nº 77, de 31 de marzo).
Orden de 7 de marzo de 2000 por la que se precisa la determinación del ámbito de aplicación de la Orden del 18 de marzo de 1998, sobre pruebas de capacitación para obtener licencias de armas (B.O.E. nº 60, de 10 de marzo).
Orden de 21 de julio de 2000 por la que se modifica parcialmente la anterior (B.O.E. nº. 179, de 27 de julio).
Resolución de 19 de octubre de 1998, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se dictan instrucciones para la ejecución de la Orden del Ministerio del Interior de 18 de marzo de 1998, por la que se regulan las pruebas de capacitación para obtener determinadas licencias de armas y los requisitos para la habilitación de entidades dedicadas a la enseñanza correspondiente (B.O.E. nº 290, de 4 de diciembre).
Resolución de 26 de noviembre de 1998, de la Dirección General de la Guardia civil, por la que se determina las medidas de seguridad mínimas que deben reunir las cajas fuertes y armarios o armeros para guardar las armas en domicilios particulares. (B.O.E. nº 291, de 5 de diciembre).`
**********************
RETIRADA DEL ARMA POR INFRACCIÓN
¿PUEDO CAZAR SI NO HAY PLACAS?
¿QUÉ PASA SI VOY A CAZAR SIN SEGURO?
¿QUÉ PASA POR DISPARAR DESDE UN VEHÍCULO?
CAZAR EN ESPAÑA
Caza
Mayor
-Monterías
-Recechos
-Esperas
| PORTADA
| PERMISO
ARMAS | RECONOCIMIENTO
ARMAS | DOCUMENTOS
|
|
TRAMITACIÓN
| SALUD
Y ARMAS | CONTACTO
| ENLACES
| NORMATIVA
| LIBROS
|