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Clausula
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| C.9
[PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y MEDIO AMBIENTE] |
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Se mantienen vigentes las cláusulas 9 y
10 del Convenio Colectivo 1996, salvo lo modificado por la presente cláusula.
Prevención Riesgos Laborales
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Se realizarán las evaluaciones de riesgo y
la consecuente planificación de la actividad preventiva de acuerdo
a la vigente ley de Prevención de Riesgos Laborales.
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Se mantendrá el grupo de trabajo derivado
del Comité Central hasta la completa adaptación de Telefónica
a los principios normativos contenidos en la referenciada ley.
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La estructura organizativa del Servicio de Prevención
de Telefónica se realizará con recursos propios.
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Una vez establecidos los protocolos de reconocimientos
Médicos periódicos, se priorizará la prevención,
protección y promoción de la salud en base a los riesgos
referenciados en los mismos.
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Finalizado el proceso de adaptación de la
ley de Prevención de Riesgos Laborales se procederá a la
actualización de las Normas de Prevención de Riesgos.
Medio Ambiente
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Se estudiará las pautas a seguir en relación
con los edificios para lograr la mejora del aprovechamiento energético.
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La Empresa deberá velar por la utilización
de materiales reciclables y la mínima generación de residuos.
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La Empresa continuará con la política
medioambiental establecida.
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En los cursos específicos de Salud Laboral,
se incluirá un módulo sobre materias de Medio Ambiente.