Clausula

| 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | Anexo 2 | Anexo A | Anexo B |
C.6 [ COMERCIAL]  

A) Perfiles Profesionales Comerciales

1 - Introducción
En el ámbito Comercial, las tareas a realizar, relacionadas con la venta se concretan en las que se detallan a continuación:
  •  Realizar las acciones precisas, por teléfono, en presencia o en el domicilio del cliente (para los Segmentos de Clientes Pymes, Clientes Especiales y Grandes Clientes), para efectuar la venta de aquellos equipos y servicios propios del segmento que tenga asignado, así como atender a los clientes respecto a cualquier aspecto técnico, económico o de prestación de los equipos y servicios de los catálogos de Telefónica, de las Empresas del Grupo o de Proveedores Concertados, así como sus reclamaciones o consultas.
  • Facilitar información detallada sobre modalidades de contratación, gestiones a realizar, documentación a aportar, precios y tarifas, forma de pago, etc.
  • Facilitar información especializada, incluida en su caso la demostración de su funcionamiento, sobre las características, especificaciones técnicas y prestaciones de los productos del catálogo de su competencia.
  • Resolver las consultas y demandas del cliente y, cuando no sea de su competencia de acuerdo con las normas establecidas, encaminarle a la unidad correspondiente.
  • Participar en campañas de Telemárketing de entrada y salida para promocionar equipos y servicios y/o para facilitar la relación con los clientes y conocer sus necesidades y grado de satisfacción.
  • Transferir los clientes a la unidad de venta del segmento correspondiente o a la unidad de tramitación y reclamaciones, cuando las características de las ventas, o la actuación a seguir, así lo requieran según las normas en vigor.
  • Realizar las tareas administrativas necesarias y complementarias para la finalización de los trabajos.
  • La categoría básica que agrupa estas funciones, entre otras, es el Subgrupo de Asesores de Servicios Comerciales, según se establece en el Art. 14 de la Normativa Laboral.
    A partir de este perfil que define de forma genérica el Subgrupo de A.S.C., han de configurarse los diferentes puestos de trabajo, con requerimientos y características específicas en función de las actividades a realizar determinadas por el segmento de negocio o clientes al que se dirige el esfuerzo de ventas.

    2 - Criterios generales
    El acceso a los diferentes puestos de trabajo definidos deberá efectuarse mediante el oportuno concurso en el que se valoren, además de las aptitudes específicas para cada puesto, los resultados obtenidos por el aspirante en el puesto de trabajo anterior así como la evaluación del desempeño de dicho puesto, con las siguientes particularidades:

    a) El acceso a los puestos de trabajo de Telemárketing de Entrada (1ª Línea) y Salida y atención en Oficinas Comerciales se producirá previa superación de la correspondiente Convocatoria de A.S.C.
    b) La especial cualificación y requerimientos del puesto para la atención de Clientes Especiales y Grandes Clientes así como su valor estratégico en la política Comercial de la Empresa, requiere por una parte, un tratamiento especial en el acceso a dicho puesto y por otra, en relación con la promoción económica de los empleados que lo ocupen. En consecuencia, es preciso que, para quienes accedan a estos puestos como culminación a su carrera profesional y posean una cualificación demostrada suficiente, suponga, desde el inicio, una promoción económica básica, equiparable a la de los Técnicos Medios, en cuyo Subgrupo profesional serían encuadrados.
    c) En estos momentos, dado el gran potencial humano y profesional de los empleados de las categorías de Encargados de Servicios Comerciales y Operador Técnico de Planta Interna, en las que, como consecuencia de la reestructuración organizativa operada, en el primer caso, y de los avances tecnológicos y nuevos sistemas de Supervisión y Operación de la Red, en el segundo, sería inexplicable no aprovechar dicho potencial en la recolocación de estas personas para actividades en que, en el caso del E.S.C., ya han demostrado sobradamente sus aptitudes y que, tras la experiencia del último año, también se ha revelado como muy satisfactoria en el caso de los O.T.P.I., cuyo perfil técnico se adapta a los nuevos requerimientos de la relación con los clientes.
    Por tal motivo, y sin perjuicio de la categoría profesional que ostenten y la retribución básica que por tal razón perciban, los E.S.C. y O.T.P.I. podrán participar en los concursos de acceso a los puestos de trabajo de Telemarketing 2ª Línea y de Oficinas de Negocios. Consecuentemente podrán proseguir su carrera profesional y optar a los puestos de los Segmentos de Clientes Especiales y Grandes Clientes.
    Los Encargados de Servicios Comerciales que se incorporen a los puestos de trabajo de Telemarketing de Segunda Línea y Oficinas de Negocios, percibirán la gratificación de Encargado de Zona de 3ª, inherente a su categoría, además de la gratificación funcional (Experto) asignada al puesto de trabajo que ocupe.

    3 - Carrera Comercial
    ADSCRIPCIÓN Y CONDICIONES DE ACCESO A LOS PUESTOS DE TRABAJO DE 2ª LÍNEA TELEMARKETING.

    1. Acceso
    A dichas pruebas podrán acceder los empleados fijos de Telefónica con residencia laboral en la provincia en la que se convoquen las plazas, de las categorías de Asesores del Servicio Comercial, Encargados Servicios Comerciales, Operadores Técnicos de Planta Interna así como de aquellas otras que pudiera estimarse oportuno, en función de las tendencias y evolución del mercado y que pudieran ser definidas en el seno de la Comisión Paritaria correspondiente; todo ello con el fin de lograr un mayor aprovechamiento del personal con aptitudes comerciales de nuestra Compañía.
    Para la realización de estas pruebas se constituirá una Comisión Evaluadora con la participación de la representación de los trabajadores. Se mantendrá el esquema de las pruebas ya acordado en anteriores Convenios Colectivos, adaptando los perfiles y requerimientos.

    2. Remuneración
    a) Sueldo base igual a los que figuran en la tabla salarial de cada una de las categorías de acceso a la figura.

    b) Gratificación de Experto "Segunda Línea de Telemarketing" con nivel C-4.

    c) Además del sueldo base establecido y la gratificación correspondiente, los empleados podrán percibir una cantidad en concepto de incentivos por ventas. Una vez superados sus objetivos, iniciarán la cuenta de incentivos con arreglo a lo establecido en el Plan de Incentivos que a tal efecto se aprobará para cada ejercicio, con el informe preceptivo del Comité Ínter centros y de los Sindicatos más representativos.

    Si la cantidad en concepto de incentivos que el empleado deba percibir es superior a la gratificación de Experto asignada, la cuantía de ésta será detraída del importe de dichos incentivos.

    La Dirección informará a estos efectos de los objetivos de ventas globales para el ejercicio.
    El sistema de retribución incentivada podrá variar de acuerdo con las condiciones del mercado y los objetivos que en cada año pueda establecer la Dirección de Telefónica, informando previamente a los interesados, al Comité Ínter centros y a los Sindicatos más representativos.

    En caso de incumplimiento reiterado o grave de las obligaciones propias del puesto, así como la no consecución durante un año de los objetivos asignados, podrá dar ocasión a la Dirección de Telefónica a excluir del régimen de incentivos al empleado afectado, cesando éste en las funciones del puesto con la pérdida consiguiente de la gratificación correspondiente y el retorno a las funciones propias de su categoría en un puesto de trabajo de la localidad. Se informará previamente a la Comisión de Comercial de estos casos para que, en línea con las condiciones anteriormente indicadas, se dé solución a los posibles problemas que se presenten.

    3. Funciones
    Además de las funciones básicas relacionadas con la venta, expuestas con anterioridad, las características específicas de los puestos de trabajo, se recogen a continuación:
     

    Responsabilidades:
    • Atender las llamadas transferidas y facilitar información especializada sobre las consultas que se le hacen.
    • Realizar la venta de los equipos y servicios, que en cada momento se asignen a esta línea. Todos los que se destinan al segmento de Gran Público
    • Resolver las reclamaciones que, de acuerdo con la organización del trabajo, han de tramitarse en este puesto de trabajo.
    B) Condiciones de Trabajo
    TELEMARKETING DE ENTRADA
    Con carácter general, se mantendrá la configuración actual de las plataformas de telemarketing de entrada-1ª línea que estarán en funcionamiento, como mínimo, en todas las cabeceras de provincia. En 2ª línea en función de que existan los recursos disponibles y al menos en las cabeceras de la plataforma.

    La atención a la demanda se realizará prioritariamente en la plataforma origen de la llamada, desbordándose en caso de congestión o como resultado de las concentraciones horarias que se establezcan, en otras plataformas.

    Manteniendo el esquema de organización de la prestación del servicio en régimen de turnos durante 24 h. al día/365 días al año, la Comisión de Comercial, en desarrollo de los objetivos previstos para Telemarketing de Entrada en el párrafo primero del apartado 2.1 de la cláusula 4 del Convenio Colectivo 1996 y, a la vista de la experiencia acumulada durante los meses de funcionamiento del modelo, desarrollará el esquema de atención aterritorial del servicio que posibilite el grado de concentración adecuado, de manera que se facilite, por un lado, la atención eficiente de las plataformas de Telemarketing de Entrada y, por otro, se minimicen los turnos más gravosos para los empleados. Este esquema general se basará en las siguientes premisas:
     

    - Para estructurar la atención de la demanda, se analizarán los siguientes períodos: - Para la atención del período 1, se realizará la concentración en, al menos, dos Centros, pudiendo incorporarse criterios de voluntariedad, rotatividad, etc...

    - Para la atención del período 2 se podrán incorporar criterios de voluntariedad y/o rotatividad entre los diferentes Centros de la Plataforma en función de sus recursos, etc. En primera hipótesis, se establecerá en las cabeceras de las plataformas.

    - Durante los períodos 3 y 4, permanecerían activos todos los Centros de Atención.

    - Para la atención de los períodos 5 y 6 se podrán incorporar criterios de voluntariedad y/o rotatividad entre los diferentes Centros de cada Plataforma, en función de sus recursos, etc. En primera hipótesis, se establecerán en las cabeceras de las plataformas y, en caso de ser necesario, se ampliará el número de centros de atención de acuerdo a la demanda global prevista para toda la plataforma.

    - Una vez estructurado el sistema de concentraciones, se estudiarán en el seno de la Comisión de Comercial las gamas de turnos a establecer para homogeneizar las condiciones de prestación en los diferentes centros de atención.

    - La Comisión de Comercial adoptará las medidas necesarias al objeto de que la publicación de los turnos se realice, al menos, con carácter trimestral.
    - Flexibilidad.

    Los turnos que empiezan a las 7 y 8 horas se establecerán con el personal mínimo imprescindible de manera que no obstaculice la posibilidad del turno flexible de 7,30/8 a 15/15,30.

    TELEMARKETING DE SALIDA
    De acuerdo con lo establecido en el anterior Convenio Colectivo, el Telemarketing de Salida será realizado, siempre que exista disponibilidad de recursos, con personal propio preferentemente a su contratación externa. Para dar cumplimiento a este objetivo, y siempre dentro de la regulación existente en la Normativa Laboral, se aprovecharán los períodos valle existentes a lo largo del día y siempre adaptándose a los horarios del mercado, para programar las campañas necesarias.

    ATENCIÓN VISITAS EN OFICINAS COMERCIALES
    Siendo necesario adaptar al horario del comercio las Oficinas actualmente en funcionamiento, de lunes a viernes, teniendo como límites horarios de 8,00 a 20,00 horas, se establecerán los turnos necesarios (mañana y partido) para el personal en ellas acoplado. Se modifica la cláusula 7 apartado 3 c) del Convenio Colectivo 93-95 para ampliar la gama de turnos partidos que posibilite la cobertura del horario anteriormente citado para la atención en visita.
    En ningún caso el personal asignado a la jornada partida superará el 25% de la plantilla de Asesores de Servicios Comerciales de cada Oficina Comercial dedicados a la atención de visitas. Sin perjuicio de que la adscripción a dichos turnos pueda realizarse con personal voluntario según lo previsto en la anteriormente citada cláusula, estos serán programados siguiendo los procedimientos generales recogidos en la Normativa Laboral.

    En aquellas Unidades en las que se desarrollen actividades de atención en visita y telemarketing, podrán establecerse criterios de acuerdo con el Comité de Empresa para la rotación en el desempeño de una y otra actividad entre categorías iguales.

    C) - Varios
    1) Telemarketing
    D) - El contenido de la cláusula 4ª del Convenio Colectivo 1996 permanece vigente excepto lo modificado en el presente Convenio.