|
|
|||||||||||
Clausula |
|1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | Anexo 1| Anexo 2 | Anexo 3 | |
||||||||||
|
C.7. [CLASIFICACIÓN PROFESIONAL] |
|
El Sistema de Clasificación Profesional que se acuerda en el presente Convenio se estructura en Grupos Profesionales, estableciéndose divisiones funcionales por áreas de actividad y subactividad, cuya finalidad es permitir el funcionamiento de los nuevos sistemas de organización de trabajo sobre la base de grupos de trabajo, en los que la polivalencia, la rotación y el dominio de las técnicas inherentes al ejercicio de los puestos de trabajo de un mismo grado de responsabilidad, sean los parámetros sobre los que se sustente la estructura profesional.
Este nuevo sistema de clasificación profesional, por un lado debe permitir a la Empresa un mayor aprovechamiento de los recursos humanos y, de otro, incrementar la empleabilidad, la estabilidad en el empleo y el desarrollo profesional de los trabajadores, potenciando el reciclaje continuo y la capacidad de aprendizaje.
DESARROLLO E IMPLANTACIÓN DEL NUEVO SISTEMA
Durante la vigencia del presente Convenio se acometerá el desarrollo e implantación del nuevo sistema de clasificación profesional, basado en los criterios y principios contenidos en los párrafos anteriores.
Ambas partes se comprometen a desarrollar y concluir en su totalidad este nuevo sistema en el marco de este Convenio Colectivo, para que, en caso de acuerdo, pueda iniciarse el proceso de implantación del mismo a partir del 1 de enero de 2003, de acuerdo con la metodología y procedimientos que se acuerden.
A estos efectos, se acuerda la creación de un Grupo de Trabajo de Clasificación Profesional, dependiendo de la Comisión de Interpretación y Vigilancia, que abordará como primera tarea la integración de las tres categorías de Operadores Auxiliares de Planta Interna, Planta Externa y Servicio Postventa, cuyo primer paso es el que se refleja en la cláusula 6, así como el estudio y revisión de las funciones y actividades que desarrollan los Subgrupos Laborales de Encargados de Grupo de Planta Externa y Encargados de Planta Externa.