GRANMA, CUBA 240299 *Sara Más
Las modificaciones al Código Penal aprobadas recientemente por el Parlamento son, en primer lugar, una necesidad en el esfuerzo común y complejo de enfrentar una problemática tan difícil y disímil como el delito,según sostiene Rubén Remigio Ferro, presidente del Tribunal Supremo Popular.
Para algunas conductas que venían adquiriendo un grado de agresividad y lesividad, que afectaban la estabilidad económica y social del país, se imponía realmente un agravamiento de los marcos penales, que dieran una respuesta más acorde con la gravedad de esos hechos, comenta el jurista.
Para él, no existen dudas de que estas modificaciones colocan a la justicia penal en el lugar y con las posibilidades que la población demanda.
De ahí que la respuesta de los tribunales y los jueces, como administradores de la justicia, estará en que "aplicaremos la ley en la forma que el pueblo espera de nosotros, adecuando las sanciones que correspondan según la gravedad del delito cometido y las características personales de los autores", afirma Ferro.
Con las modificaciones aprobadas, los tribunales están obligados a apreciar la reincidencia y multirreincidencia ante delitos sancionados con más de un año de privación de libertad, valoración que antes tenía un carácter facultativo.
También ahora por mandato de la ley y como agravación extraordinaria de la sanción, son responsables de imponer sanciones que aumentan hasta el doble el límite máximo previsto para los casos en que se comete un delito intencional durante el cumplimiento de medidas, sanciones y períodos de prueba.
Como parte de las obligaciones que les impone la ley, los jueces deben ejercer sus funciones dentro de rangos agravados, más severos, pero a la vez amplios para poder diferenciar e individualizar.
"Nos vamos a mover en rangos de mayor rigor y eso nos obliga a ser más certeros como jueces, a desarrollar mayor habilidad y eficacia al individualizar y adecuar la pena; a la hora de escoger, en las posibilidades que la ley da, cuál es la sanción que justamente se corresponde con el hecho y con la persona que se está juzgando. Para aplicarle a cada cual lo que merece", apunta el Presidente del Tribunal.
La Ley modificativa del Código Penal, en sí misma, no implica un reordenamiento del trabajo de los tribunales, aclara Ferro. Pero sí coincide con un momento en que, por mandato de una nueva ley órganica de los tribunales en vigor desde enero del año pasado y debido al continuo perfeccionamiento de esta labor, se revisan estructuras y prácticas en busca del "objetivo permanente, en nuestras condiciones, de ejercer una justicia más ágil y dinámica, a la vez que eficiente y de calidad".
"En lo penal, se aprecia un mayor dinamismo en los procesos comenta en parte por las propias modificaciones realizadas a la ley de procesamiento penal durante la última década. Sin embargo, esto no quiere decir que hayamos llegado al nivel óptimo, por lo que es previsible que se realicen en el futuro otras modificaciones".
La agilidad, a juicio de Ferro, no implica en ningún momento una rebaja en las garantías de las personas involucradas en los procesos, "sino que se tiene que asumir ese dinamismo y eficiencia en la justicia de manera paralela a un aumento de calidad y al respeto de los derechos de los procesados".
Ahora que, con mayor severidad en las sanciones, ha sido modificado el Código Penal, el Presidente del Tribunal Supremo coincide con lo expresado por la mayoría de los diputados en el Parlamento.
"Esta práctica de endurecimiento de la respuesta penal no puede verse como la única solución a los graves problemas que hoy enfrentamos, vinculados al fenómeno del delito".
La decisión jurídica, en su opinión, debe estar acompañada de otras acciones que en el orden social e institucional la complementan, como el rescate de la disciplina, el control de los recursos, el incremento de la vigilancia revolucionaria, la elevación de la profesionalidad en las investigaciones, la labor profiláctica y preventiva, así como el perfeccionamiento del sistema penitenciario.
"Y en primer lugar, la movilización del pueblo, pues a los tribunales nos toca adecuar las sanciones, ahora más rigurosas, que la ley establece y a todos nos corresponde que se cumplan".