Tema IX. La inversión colectiva |
Autor: Alfonso Torrecilla
Director General de Central Hispano Gestión, S.A.
1. Las Instituciones de Inversión Colectiva: Concepto y Clases
Ley 46/84, de 26 de diciembre, art. 1:
"Son aquellas que, cualquiera que sea su objeto, capten públicamente
fondos, bienes o derechos del público para gestionarlos, siempre
que el rendimiento del inversor se establezca en función de los
resultados colectivos mediante fórmulas jurídicas distintas
del contrato de la Sociedad."
Mediante la cual una persona jurídica (sociedad anónima) se obliga a la administración de los recursos aportados por los inversores, por cuenta de éstos. La dotación de liquidez a dichas participaciones corre a cargo del propio patrimonio del Fondo, a través del derecho de reembolso o separación del partícipe.
Sociedad por acciones (Sociedades de Inversión Colectiva):
Se trata, en este caso, de sociedades anónimas que vierten sus
recursos en valores mobiliarios y otros activos financieros. El inversor
no es partícipe sino accionista y la sociedad tiene sus propios
órganos de administración y representación. En este
supuesto, la liquidez se consigue a través del mercado secundario
de las acciones.
2. Clases de Instituciones de Inversión Colectiva
3. Los Fondos de Inversión
Un Fondo de Inversión es aquella inversión colectiva mediante la cual una pluralidad de inversores aportan sus ahorros a un fondo común con el fin de constituir un patrimonio y obtener una determinada rentabilidad.
3.1. Conceptos importantes de Fondos de Inversión
¿Qué es un Fondo de Inversión?
Un Fondo de Inversión es un patrimonio formado con las aportaciones de muchos inversores (que reciben el nombre de "partícipes"), que es administrado por una Sociedad especializada (denominada "Sociedad Gestora") de acuerdo con los criterios establecidos en un documento que regula la actividad e inversiones del Fondo ("Reglamento de Gestión"), y del que los partícipes pueden retirarse en el momento que quieran solicitando el reembolso de sus participaciones.
¿Quién puede ser partícipe de un Fondo de Inversión?
Todo el que compre por lo menos una participación del Fondo, al precio al que esté ese día.
¿Cómo se puede ser partícipe de un Fondo de
Inversión?
Solicitando a la Sociedad Gestora, o a su canal de distribución, la compra de participaciones de un Fondo concreto. El importe deberá ser siempre igual o superior al valor que tenga una participación ese día. Si la participación vale 10.076 pesetas y suscribimos 11.000 pesetas, tendremos 1,09170 participaciones de dicho Fondo.
¿Quién puede ser titular de un Fondo de Inversión?
Los partícipes pueden revestir tanto la forma de persona física como de persona jurídica, pudiendo, también, figurar como titulares en exclusiva o "cotitulares" de un Fondo de Inversión. Los distintos titulares son copartícipes, es decir, que el Fondo es propiedad de todos ellos, por partes iguales.
¿Qué es una suscripción de participaciones
de Fondos de Inversión?
Es la inversión que se realiza en un Fondo de Inversión.
¿Qué es la comisión de suscripción?
Es la comisión que se cobra por comprar el Fondo. En casi todos
los Fondos del sector no se suele cobrar esta comisión
¿Cuál es la suscripción mínima para suscribir Fondos de Inversión?
Una participación, aunque en algunos Fondos se exige una cantidad
mínima como estrategia comercial.
¿Qué es el valor liquidativo de un Fondo de Inversión?
Es el valor al que se puede comprar o vender una participación de un Fondo de Inversión. La forma de calcularlo es dividiendo el patrimonio total del Fondo entre el número de participaciones. Este cálculo se hace diariamente.
¿Qué es la comisión de reembolso?
Es la comisión que se cobra al vender el Fondo.
¿Qué es la comisión de gestión?
La Ley de Instituciones de Inversión Colectiva regula las comisiones
máximas que pueden cobrarse en los Fondos de Inversión. Es
una ley de máximos, lo que quiere decir, que luego son las Entidades
comercializadoras las que estipulan el nivel de comisiones que consideran
correctas.
Las Sociedades Gestoras pueden aplicar las comisiones de gestión
de sus Fondos de una de las siguientes tres maneras:
¿Qué es la Entidad Depositaria?
La Entidad Depositaria es la responsable de la custodia de los valores del Fondo, así como del seguimiento de las operaciones llevadas a cabo por la Sociedad Gestora. Una misma Entidad no puede ser, a la vez, Sociedad Gestora y Entidad Depositaria. Por este servicio, podrá cobrar una comisión de depósito que no podrá ser superior al 1,5 por mil anual sobre el valor nominal patrimonial en el caso de los FIAMM, y del 4 por mil en el caso de los FIM.
¿Qué seguridad ofrecen los Fondos de Inversión?
El Fondo va a ser gestionado por un equipo de profesionales de reconocida
calificación, que van a invertir su patrimonio en activos muy seguros,
con una adecuada diversificación del riesgo y cumpliendo en todo
momento los requisitos legales exigidos. Además, la Ley tiene unos
mecanismos de control sobre estos Fondos de Inversión (C.N.M.V.).
¿Qué ventajas ofrece un Fondo de Inversión frente a otras alternativas de ahorro?
Liquidez, rentabilidad, seguridad, gestión profesional, diversificación, favorable régimen fiscal, información sencilla y detallada.
¿Puede obtener rentabilidades negativas un partícipe de Fondos de Inversión?
Un Fondo de Inversión, como cualquier otro producto financiero,
puede obtener rentabilidades positivas o negativas en función de
la evolución que tengan los activos que componen la cartera de dicho
Fondo. Es importante señalar que la normativa obliga a valorar los
activos de los Fondos diariamente, y a precios de mercado.
Un FIAMM se caracteriza por invertir en activos de vencimiento más
corto que los FIM, por tanto, su oscilación de rentabilidad debe
ser menor.
¿Cómo se valoran los Fondos?
La legislación obliga a todos los Fondos a valorar diariamente su patrimonio. Ahora bien, las reglas de valoración son distintas según el plazo de amortización de los valores:
¿Puede bajar la renta fija?
La cotización de los títulos de renta fija depende de:
La diferencia entre el interés que paga el título y la
rentabilidad de las nuevas emisiones a igual plazo.
Si los tipos de interés suben, los títulos que el fondo
mantiene en su cartera caen de cotización ya que, comparativamente
con las nuevas emisiones, han perdido atractivo para los inversores.
Si los tipos de interés bajan, ocurrirá lo contrario:
subirá la cotización de estos títulos.
La cercanía al pago de los intereses.
El plazo hasta el vencimiento. Cuanto mayor sea el tiempo hasta el
vencimiento del título, mayor será el efecto de la variación
de los tipos de interés.
¿Qué es un reembolso de participaciones de Fondos de Inversión?
Es el rescate o la venta de las participaciones que tiene el particular
al precio de ese día.
¿Qué es la rentabilidad financiero-fiscal?
La rentabilidad financiero-fiscal tiene en cuenta, no sólo, la rentabilidad que se puede obtener con ese Fondo de Inversión, sino también el efecto fiscal, especialmente ventajoso en estos productos.
¿Qué es la volatilidad de los Fondos de Inversión?
La volatilidad mide la sensibilidad de los Fondos a las variaciones
del mercado. Es decir, la volatilidad marcaría las posibles fluctuaciones
que sufriría el valor liquidativo de un Fondo en un periodo determinado.
A medida que aumenta la volatilidad más podría fluctuar el
valor liquidativo.
¿Cuáles son las ventajas fiscales para una empresa que invierta en Fondos?
No estarán sujetos al Impuesto de Sociedades los rendimientos
obtenidos hasta el momento de la venta de las participaciones (en el caso
de FIM). En el momento de la venta, al igual que con las personas físicas,
no hay retención, al considerarse incremento de patrimonio.
¿Qué objetivos debe buscar una empresa que invierta en Fondos de Inversión?
Incrementar la rentabilidad de los activos en los que invierte la empresa.
Disminuir los gastos que tiene la sociedad.
Disminuir el impacto fiscal
Aplazar el pago de impuestos.
Libertad de elección a la hora de realizar plusvalías.
Protección ante altas volatilidades.
3.2. Características de los Fondos de Inversión.
Gestión profesional. La Sociedad Gestora cuenta con un
servicio de estudios y analistas de inversiones, dedicados exclusivamente
a gestionar Fondos de Inversión.
Diversificación de Inversiones. El patrimonio afecto
al Fondo permite llevar a efecto una gestión diversificada y proporcionar
por tanto un alto grado de seguridad en las inversiones.
Control. Ejercido por la Comisión Nacional del Mercado
de Valores. Tanto la Gestora como el Fondo, están auditados periódicamente
por auditores independientes.
Liquidez. El partícipe puede reembolsar la totalidad,
o parte, de sus participaciones de forma inmediata.
Fiscalidad. Los Fondos de Inversión gozan de importantes
ventajas fiscales, que potencian su rentabilidad frente a otros productos
financieros.
3.3. Clases de Fondos de Inversión
Los Fondos de Inversión sólo se diferencian entre sí
por los activos que componen sus carteras.
Los Fondos de Inversión se agrupan en dos grandes tipos: F.I.M.
y F.I.A.M.M.
F.I.A.M.M.: Fondos de Inversión en Activos del Mercado Monetario. (Fondos de Dinero). Invierten su patrimonio en títulos del Mercado Monetario a corto plazo: Letras del Tesoro, Bonos y Pagarés de Empresa, etc..
F.I.M.: Fondos de Inversión Mobiliaria.
Fondos de Renta Fija.
Invierten preferentemente en Deuda Pública, Bonos, Obligaciones,
Instrumentos Monetarios y Pagarés de Empresa con cotización
en Mercados Organizados. 100% de su cartera en títulos de Renta
Fija.
Fondos de Renta Variable.
Destinan sus inversiones principalmente a acciones y Bonos convertibles
con cotización en Bolsa. Inversión superior al 75% en títulos
de Renta Variable.
Fondos Mixtos.
Invierten tanto en Renta Fija como Variable.
3.3.1. Fondos de Inversión en Activos del Mercado Monetario(FIAMM)
PATRIMONIO MÍNIMO:
1.500 millones de Pesetas.
PARTÍCIPES:
100 como mínimo.
VALOR INICIAL POR PARTICIPACIÓN:
No hay. Antes 100.000 Pesetas.
INVERSIONES:
Inversiones a corto plazo, siendo su vencimiento máximo de 18
meses.
No inferior al 90% en valores de renta fija, admitidos a negociación
en Mercado Secundario Oficial o en los términos que autorice la
C.N.M.V., en valores que gocen de elevada liquidez.
No podrán invertir más del 40% de su activo en valores
de renta fija que no gocen de elevada liquidez.
No podrán invertir en acciones, obligaciones convertibles, títulos
que otorguen derecho a participar en ampliaciones de capital.
COEFICIENTES MÍNIMOS DE LIQUIDEZ:
3% del promedio mensual de saldos diarios del activo.
COMISIONES:
TRIBUTACIÓN DEL FONDO:
Al tipo 1% en el I.S.S.
3.3.2. Fondos de Inversión Mobiliaria (F.I.M.)
PATRIMONIO MÍNIMO:
500 millones de pesetas.
PARTÍCIPES:
100 como mínimo.
VALOR INICIAL POR PARTICIPACIÓN:
No hay. Antes 1.000 Pesetas.
INVERSIONES:
No más del 5% de su activo en otras Instituciones de Inversión
Colectiva. Prohibido cuando la inversión pertenezca al mismo grupo.
No más del 5% de su activo en valores de una misma entidad.
Podrá ampliarse al 10%, siempre que el total de las inversiones
de la Institución en valores en las que se supere el 5% no exceda
el 40% del activo de la misma.
No más del 15% de su activo en valores pertenecientes a un mismo
grupo.
5% como máximo de los valores en circulación de una Compañía.
La suma de las inversiones de I.I.C. pertenecientes a un mismo grupo
no podrá rebasar el 15% de los valores en circulación de
una misma entidad.
Títulos emitidos por Estado, CEE, CC AA o los Organismos Internacionales
de los que España sea miembro pueden llegar hasta el 35% del activo
de la Institución. No obstante podrán llegar al 100% siempre
que se diversifiquen entre, al menos, 6 emisiones diferentes.
INVERSIÓN Y LIQUIDEZ:
Tendrá al menos el 80% de su activo invertido en:
Valores admitidos a negociación en Bolsa de Valores españoles.
Deuda Pública. Otros valores tales como los del Mercado Hipotecario,
Pagarés de Empresa, siempre que sean negociados en un mercado español,
organizado de funcionamiento regular, reconocido y abierto al público.
El resto de los recursos, además en valores que gocen de especial
liquidez.
Podrán realizar operaciones en los mercados de futuros y opciones
financieros.
COEFICIENTES MÍNIMOS DE LIQUIDEZ:
3% del promedio mensual de saldos diarios del activo.
DISTRIBUCIÓN DE RESULTADOS:
Reglamento del Fondo y Ley de Sociedades Anónimas.
TRIBUTACIÓN DEL FONDO:
Al tipo 1% en el Impuesto sobre Sociedades.
COMISIONES:
3.4. Estructura operativa de los Fondos de Inversión
3.5. Antecedentes Históricos
Los Fondos de Inversión son de origen anglosajón,
extendiéndose a continuación por todos los países
industrializados.
Los Fondos de Inversión están más desarrollados
allí donde es mayor el desarrollo económico y financiero.
El primer Fondo de Inversión fue creado en el año 1.868,
en la ciudad de Londres, denominándose "Foreign and Colonial
Government Trust", el cual prometía grandes ganancias sin riesgo
alguno. Este, aunque en principio no inspiró la suficiente confianza
ante los inversores, terminó siendo un éxito pues dicho Fondo
pudo pagar el cupón prometido a pesar de que muchos gobiernos estuvieran
en suspensión de pagos. Este Fondo se constituyó para invertir
un millón de libras esterlinas en 17 emisiones de diferentes gobiernos.
Cada título se vendía a 85 libras, asegurándose una
rentabilidad del 7% anual y un valor de amortización de 100 libras
a los 24 años.
Las Instituciones de Inversión Colectiva en España datan
de hace más de treinta años. Surgieron como apéndices
de los principales bancos que operaban a través de ellas, con los
valores que integraban sus respectivas carteras.
El primer fondo de inversión español se crea en el año
1.966 (Nuvofondo) con el Banco Urquijo como Banco Depositario.
Los Fondtesoro fueron un aliciente a la inversión institucional
a principios de los noventa.
3.6. Los Fondtesoro
Los FONDTESORO son Fondos de Inversión que invierten exclusivamente
en Deuda del Estado (es decir, Letras del Tesoro, Bonos y obligaciones
del Estado) y son administrados por Sociedades Gestoras de naturaleza privada
que, tras un proceso de selección, han firmado con el Tesoro Público
un Convenio de colaboración, que les obliga a cumplir determinadas
condiciones y les permite gozar del apoyo publicitario del Tesoro Público.
Las "Sociedades Gestoras" de los Fondos de Inversión FONDTESORO,
no deben confundirse con las denominadas "Entidades Gestoras" de Deuda
del Estado Anotada. Estas últimas se encargan de mantener registrada
en la Central de Anotaciones del Banco de España la Deuda del Estado
Anotada poseída por ellas mismas o que sus clientes les han confiado,
incluidos los Fondos de Inversión.
Razones de la Aparición de los Fondtesoro: La Financiación del Estado.
La debilidad de la inversión institucional en España a
principios de los noventa se juzgaba como una de las causas de la escasez
de demanda a largo plazo en el Mercado de Deuda. Por otra parte, la falta
de liquidez y, ocasionalmente, un exceso de costes de intermediación
propiciado por la relativa cautividad de los clientes, limitaba la expansión
del segmento minorista del mercado. Finalmente, subsanar o paliar el desajuste
que, para ciertos inversores necesitados de ingresos periódicos,
había producido o acentuado el paso de cupones semestrales a anuales
en los bonos y obligaciones del Estado llevó a pensar en la conveniencia
de promover Fondos de Inversión Mobiliaria que, mediante su especialización
en Deuda del Estado, ofreciesen una respuesta potencialmente eficaz a los
problemas planteados, sumando, además, un tratamiento fiscal ventajoso
respecto al que disfrutaría un tenedor directo de la Deuda.
Desde la óptica del Tesoro, las ventajas se redondeaban con
el aligeramiento total de la carga administrativa si los Fondos de Inversión
especializados en Deuda eran promovidos y gestionados, dentro de la legislación
general aplicable, convenientemente completada mediante un instrumento
jurídico apropiado, por Sociedades Gestoras de Instituciones de
Inversión Colectiva surgidas de la iniciativa privada con experiencia
en este campo.
Es importante señalar que el proceso de diversificación de la oferta había llevado espontáneamente a la aparición, o a los planes de lanzamiento, de cierto número de Fondos que estatutariamente, o simplemente en la práctica, se habían especializado en Deuda del Estado. Pareció, pues, conveniente potenciar este proceso, favorecido por el momento poco brillante de la renta variable, añadiéndole un respaldo explícito del Tesoro Público, estableciendo unos rasgos comunes que no sofocasen la necesaria personalidad que cada Gestora pudiera imprimir a sus Fondos y, sobre todo, acompañando las buenas razones con los hechos de un lanzamiento publicitario suficiente.
Este aspecto de lanzamiento publicitario es doblemente importante. Sorprende, en efecto, que a principios de los noventa, un instrumento con unas características tan favorables para la colocación del ahorro de inversiones medianos, e incluso pequeños, tuviera en España un desarrollo tan deficiente si se le comparaba con el registro en otros países. Sorprende más aún visto el nivel de conocimiento que el público parecía tener de los Fondos, y a pesar de la mala experiencia que muchos inversores tuvieron en la década de los setenta. Por ello, no son pocos los que atribuían la escasa expansión de los Fondos en España a la falta de una red de ventas libre de los conflictos de intereses que se dan en las dependientes de las Entidades de depósito.
Por otra parte, el esfuerzo publicitario realizado para la difusión de los Fondos en esos años, a juzgar por el gasto en publicidad, fue verdaderamente insignificante, aunque en el año 1993 aumentó considerablemente. El gasto realizado en medios controlados, prensa, radio y televisión, en 1989 rondó los 16 millones de pesetas, y aun aceptando que sea de aplicación a esta actividad la regla general de que el gasto total en publicidad es tres veces mayor que el registrado en los medios controlados, no deja de ser irrelevante el esfuerzo comparado con el gasto en la promoción y venta de otros productos financieros sustitutorios o compensatorios de los Fondos. Así pues, difundir el conocimiento de esta forma de Inversión Colectiva y crear un grado de presión sobre las redes de ventas fue esencial para su desarrollo en el futuro inmediato.
La difusión de los Fondos de Inversión especializados en Deuda implica, en primer lugar, una explicación de los Fondos de Inversión en general y, por consiguiente, que una parte importante del esfuerzo derive hacia otros Fondos. Este hecho no dañaba significativamente la estrategia del Tesoro Público. Por una parte, en sus iniciativas se mezclaban inseparablemente, en la mayoría de los casos, la doble perspectiva micro y macroeconómica: dar solución a sus problemas de financiación y promover soluciones útiles para el sistema financiero español. Por otra parte, en la mayoría de los Fondos de Inversión, incluso en los de renta variable, una parte significativa de su cartera estaba formada por Fondos Públicos. Por consiguiente, la publicidad de los Fondos de Inversión se tradujo, en cualquier caso, en una promoción de la demanda de Deuda del Estado.
Evolución de la Rentabilidad anual de los Fondos de Fondos de
Inversión y de los Fondtesoro
|
|
|||
|
|
|||
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
(*) Hasta el 31 de marzo
3.7. Fiscalidad de los Fondos de Inversión
Fiscalidad para Personas Físicas
Inversiones realizadas a partir de 31/12/94
|
|
|
|
(*) Requisito: la fecha de adquisición deberá ser, como mínimo, de un año.
Inversiones realizadas antes de 31/12/94
3.7.1. Ejemplos:
Ejemplo 1
Suscripción del Fondo: 1.000.000 ptas.
Fecha de suscripción: 10.06.96
Fecha de reembolso: 29.07.97
Reembolso del Fondo: 1.100.000 ptas.
Ha pasado más de 1 año y 1 día.
(El coeficiente de corrección monetaria de 1.996 es el 1,035)
Coste de adquisición actualizado: 1.000.000 x 1,035 = 1.035.000
ptas.
Plusvalía del partícipe: 1.100.000 - 1.000.000 = 100.000
ptas.
Incremento de Patrimonio del partícipe: 1.100.000 - 1.035.000
= 65.000 ptas.
Impuesto a pagar: tipo medio del partícipe sobre 65.000 ptas.
Ejemplo 2
Suscripción del Fondo: 1.000.000 ptas.
Fecha de suscripción: 10.06.95
Fecha de reembolso: 29.07.97
Reembolso del Fondo: 1.200.000 ptas.
Ha pasado más de 2 años y 1 día.
(El coeficiente de corrección monetaria de 1.995 es el 1,083)
Coste de adquisición actualizado: 1.000.000 x 1,083 = 1.083.000
ptas.
Plusvalía del partícipe: 1.200.000 - 1.000.000 = 200.000
ptas.
Incremento de Patrimonio del partícipe: 1.200.000 - 1.083.000
= 117.000 ptas.
Impuesto a pagar: tipo fijo del 20% sobre 117.000 ptas. = 23.400 ptas.
Ejemplo 3
Suscripción del Fondo: 1.000.000 ptas.
Fecha de suscripción: 29.05.93
Fecha de reembolso: 29.07.97
Reembolso del Fondo: 1.500.000 ptas.
Duración de la inversión: 4 años y 2 meses, pero
Antigüedad fiscal hasta 31.12.96: 4 años (redondeo por
exceso).
El coeficiente reductor se aplica a partir de dos años:
Coeficiente reductor a aplicar: 14,28% x (4 - 2) = 28,56%
Plusvalía del partícipe: 1.500.000 - 1.000.000 = 500.000
ptas.
Incremento de Patrimonio del partícipe: 500.000 - (28,56% de
500.000) =
= 500.000 - 142.800 = 357.200 ptas.
Impuesto a pagar: tipo fijo del 20% sobre 357.200 ptas. = 71.440 ptas.
Ejemplo 4
Suscripción del Fondo: 1.000.000 ptas.
Fecha de suscripción: 29.05.89
Fecha de reembolso: 29.07.96
Reembolso del Fondo: 1.900.000 ptas.
Duración de la inversión: 7 años y 2 meses.
Antigüedad fiscal: 8 años (redondeo por exceso).
El coeficiente reductor se aplica a partir de dos años:
Coeficiente reductor a aplicar: 14,28% x (8 - 2) = 85,68%
Plusvalía del partícipe: 1.900.000 - 1.000.000 = 900.000
ptas.
Incremento de Patrimonio del partícipe: 900.000 - (85,68% de
900.000) =
= 900.000 - 771.120 = 128.880 ptas.
Impuesto a pagar: tipo fijo del 20% sobre 128.880 ptas. = 25.776 ptas.
Ejemplo 5
Suscripción del Fondo: 5.000.000 ptas.
Fecha de suscripción: 10.04.87
Fecha de reembolso: 10.01.96
Reembolso del Fondo: 7.000.000 ptas.
Duración de la inversión: 8 años y 9 meses.
Antigüedad fiscal: 9 años (redondeo por exceso).
El coeficiente reductor se aplica a partir de dos años:
Coeficiente reductor a aplicar: 14,28% x (9 - 2) = 100%
Plusvalía del partícipe: 7.000.000 - 5.000.000 = 2.000.000
ptas.
Incremento de Patrimonio del partícipe: 2.000.000 - (100% de
2.000.000) =
= 2.000.000 - 2.000.000 = 0 ptas. Totalmente Exento
Fiscalidad para empresas
3.8. Los Fondos Garantizados
Definición de fondos garantizados
Un Fondo Garantizado es un Fondo que garantiza una rentabilidad
al partícipe que mantiene su inversión durante un plazo de
tiempo determinado.
Para beneficiarse de las características de este producto, el
inversor debe invertir en el Fondo en el período de suscripción
y mantenerse durante todo el plazo que dura el contrato. Si el partícipe
abandona el producto antes, pierde la garantía.
La garantía es un contrato externo al Fondo que firma el partícipe
con la Entidad Depositaria.
La voluntad de los Bancos y las Cajas es ofrecer a sus clientes un
producto sin riesgo y con mejor tratamiento fiscal, como alternativa al
tradicional depósito a plazo o I.P.F. (Imposiciones a Plazo Fijo).
Clases de Fondos Garantizados
Ejemplo pago de rentas
La renta se obtiene mediante el reembolso periódico de participaciones.
Como las participaciones habrán incrementado su valor, al reembolsar,
una parte de la cantidad reembolsada es plusvalía y la gran parte,
capital, por el que no tributa. Al vencimiento, si reembolsa las participaciones
que mantiene, deberá tributar.
Fondos Garantizados referenciados a Bolsa
Rentabilidad mínima fija más un tanto por ciento de la
revalorización del índice Ibex-35, a todos los partícipes
que suscriban las participaciones en el periodo marcado por la entidad
y permanezcan en el Fondo hasta el final del periodo garantizado.
El método de cálculo de referencia para determinar cuál
es la revalorización del Ibex-35 es lo que distingue a unos
Fondos de otros.
Se puede distinguir dos modalidades de cálculo:
Las plusvalías que se generen por el reembolso de participaciones
tiene el tratamiento normal de los fondos. Igualmente sucede caso de reembolso
transcurrido el período de garantía.
Si al finalizar el período de garantía, el fondo no ha
conseguido la revalorización pactada, el banco abonará por
cada participación la diferencia entre el valor pactado y el valor
alcanzado por ésta.
Este pago en concepto de garantía no participa de la especial
fiscalidad de los Fondos de Inversión, sino que tributará
como renta regular del año, aplicándose la retención
del 25%.
3.9. El Rating o Calificación
¿Qué es el Rating o Calificación?
La palabra rating tiene una traducción equivalente a "estimación,
valoración" o, más aproximada, "calificación". Y va
a ser, precisamente, una estimación o calificación referenciada
lo que va a suponer, en síntesis, este proceso conocido como rating.
El rating es una calificación de riesgo de una compañía,
es decir, una forma, resumida en una notación, de juzgar la capacidad
y probabilidad de pago de los intereses y principal de una deuda emitida
por parte de la compañía que recibe la calificación.
Es una señal informativa dirigida al mundo financiero en general
y, muy particularmente, a los inversores, cuya validez descansa en su credibilidad,
que se apoya en la objetividad e independencia.
El rating es un indicador de referencia del mayor o menor riesgo que
un particular asume al invertir.
Las Agencias de "Rating"
Son agencias especializadas en calificación.
Estas agencias han de fundamentar sus criterios en datos contrastados
y dos principios básicos:
Standard and Poor’s (S & P)
Fundada en 1.860 en Estados Unidos.
En 1.966 fue adquirida por la editorial McGraw-Hill.
En la actualidad tiene concedidas calificaciones a más de 2.000
emisiones de grandes corporaciones y más de 8.000 municipios-estados,
entidades nacionales y supranacionales. 1.400 emisiones de papel comercial.
Sus analistas se encuadran en cinco grupos básicos:
Fundada por John Moody, quien se cree que introdujo el sistema de calificación
de valores en 1.909 en EE.UU..
Empezó calificando las emisiones de empresas de ferrocarriles
norteamericanas, con sus calificaciones de Aaa hasta C, hoy símbolos
internacionales.
En 1.919 ya asignaba ratings a la deuda de algunos países soberanos,
tales como Gran Bretaña, Francia, Italia, Japón y la República
de China.
En 1.962 fue adquirida por Dunn & Bradsteed, empresa internacional
dedicada a proporcionar información comercial y financiera desde
1.875.
En la actualidad, califica más de 8.000 emisores de todos los
segmentos del mercado, 40 Estados soberanos, 100 entidades estatales y
17 entidades supranacionales.
Sus analistas se reparten en los siguientes grupos básicos:
IBCA Limited es una compañía internacional de calificación
especializada en el análisis de la solvencia de los bancos y su
rating es muy considerado, especialmente por los inversores europeos.
Fundada en 1.978, es una entidad independiente, con sede en Londres
y oficinas en New York, Tokio, París, Madrid y Barcelona.
Mundialmente muy reconocida, elabora informes de riesgo crediticio
de más de 350 entidades en 25 países.
En enero de 1.992 se creó IBCA España, para calificar
emisiones a corto y largo plazo de renta fija de entidades españolas
en los mercados nacionales e internacionales.
3.10 Situación Actual del Sector
El patrimonio total gestionado en Fondos de Inversión a finales
del mes de junio era de 23,4 billones de pesetas, lo que significa un crecimiento
del 25,32% con respecto a diciembre de 1.996.
El número de partícipes se ha doblado en los últimos
dos años, al igual que el número de Fondos.
El partícipe de Fondos español sigue prefiriendo la Renta
Fija y los activos sin riesgo, al contrario que los partícipes de
los países vecinos.
Parece haber un trasvase de dinero desde los FIAMM a otros Fondos,
pero la mayoría a Fondos Garantizados, ya que el partícipe
español sigue teniendo aversión al riesgo.
Los Fondos Garantizados de Renta Fija han tomado el relevo a los Fondos
de Dinero por su bajo riesgo.
A mayo, el patrimonio de los Fondos Garantizados es de 3,19 billones
de pesetas, lo que representa el 14,1% del volumen total de mercado.
La nueva fiscalidad afectará al diseño de nuevos Fondos
Garantizados. El plazo no será un factor clave de comercialización,
sino que será determinante la rentabilidad del producto.
La constante bajada de tipos de interés provocará que
el nuevo diseño de los Fondos Garantizados se haga con carteras
referenciadas a la Renta Variable, tanto nacional como internacional.
3.11. Tendencia Futura del Sector
Se prevé en los próximos años un aumento de los
Fondos de Renta Fija y, sobre todo de los Fondos de Renta Variable y Mixtos,
que, si se mantiene una cierta estabilidad en los mercados, serán
los que ofrezcan mayores rendimientos.
Si el proyecto de moneda única triunfa, los tipos serán
más reducidos y el partícipe que quiera más rentabilidad
tendrá que asumir más riesgo.
Con tanta liquidez existente en el mercado interior, habrá que
salir a los mercados internacionales a materializar esos excedentes.
¿Tenderemos a una distribución más acorde con
la de Europa y del Mundo?.
Habrá mayores conocimientos financieros, con lo que se logrará
una mayor especialización, calidad del servicio y asesoramiento
por parte de las Gestoras.
Las Gestoras de Fondos buscarán sus propios canales de distribución.
Expansión internacional.
Mayor oferta de productos, acorde con los demás países
europeos.
Mayor competitividad entre gestores de Fondos.
Fondos para Instituciones: requieren altas inversiones (entre
25 y 100 millones de pesetas). Las comisiones son más reducidas
y dependen del importe de la suscripción. (BSN Instituciones de
BSN Gestión, Foncóndor Acciones de Central Hispano Gestión,
Santander Fondo Empresa del Santander).
Fondos Sectoriales: destinan su cartera casi exclusivamente
a un sector bursátil. (Privanza Valores Inmobiliarios de Privanza,
Electrofondo y Edifon de Bancaja). Recuerdo histórico año
1.973-74.
Fondos referenciados a un Indice: su objetivo es conseguir una
rentabilidad similar a un determinado índice bursátil. (BCH
Acciones de Central Hispano Gestión).
Fondos Internacionales: invierten en activos denominados en
monedas extranjeras. Pueden ser de Renta Fija, Variable o de Dinero.
Fondos Paraguas: se invierten en subfondos y permiten diversificar
el riesgo. Son comercializados en España por gestoras extranjeras.
Para un partícipe español no tiene sentido. (BZW Index Selection
Fund del Grupo Barclays).
Fondo de Fondos: están recogidos en la propuesta modificada
de Directiva del Parlamento y Consejo Europeo que modifica la Directiva
85/611 CEE. Su patrimonio se invierte en participaciones de otros Fondos
de Inversión, pudiendo disponer de depósitos y de activos
líquidos complementarios, todo lo cual, permite diversificar dentro
de la propia diversificación que supone invertir en varios Fondos.
Master Feeder Funds: son un caso extremo de los Fondos de Fondos.
Invierte la totalidad de sus activos en participaciones emitidas por un
único Fondo matriz (fondo Master), cuyas participaciones se distribuirán,
por tanto, indirectamente a través de uno o más Fondos.
Hedge Funds: son fondos de inversión especializados en
invertir sus patrimonios en valores altamente especulativos utilizando
técnicas de ingeniería financiera, elevados apalancamientos
y técnicas de arbitraje.
Cash Funds o Fondos de Efectivo: invierten todos sus activos
en depósitos bancarios.
Fondos de Inversión en commodities: invierten su patrimonio
en materias primas o mercancías mundiales, productos agrícolas
(por ejemplo, soja, maíz, algodón, azúcar, café,
cacao, etc.), metales (por ejemplo, plata, oro, aluminio, estaño,
zinc, etc.). Pueden invertir totalmente sus patrimonios en commodities,
o bien, parcialmente, combinando las materias primas con renta fija y renta
variable.
3.12. Gestión de Carteras: La
Gestión Eficiente de Los Fondos de Inversión.
Las Carteras y Los Clientes.
Una Cartera se puede definir como un conjunto títulos valores,
"papeles" a gestionar, acciones cotizadas en Bolsa o no cotizadas, obligaciones,
pagarés, etc., es decir, todo lo que represente un derecho financiero,
de futuro o de opción.
A la hora de gestionar una cartera hay que tener en cuenta muchos factores
que van a influir para la toma de la última decisión, que
va a ser la inversión en esos determinados títulos valores:
el proceso de toma de decisión para la inversión y cuáles
son los baremos a basarse en la toma de esa decisión, el valor de
la compensación por renunciar al consumo actual, la inflación,
el deterioro de la actual capacidad de consumo, el riesgo inherente a esa
inversión, etc.
El cliente de la cartera lo único que quiere es ganar dinero.
Si se dice que se "bate" el índice de la Bolsa o el de la Deuda
se considera que se ha hecho una buena inversión, pero eso al cliente
no le importa. No hay gestión de carteras eficiente sin tener en
cuenta la situación del cliente, su situación fiscal, sus
preferencias, su aversión al riesgo y demás factores que
nos indiquen el camino para diseñarle financieramente un "traje
a medida".
Debemos conocer al cliente, ya sea persona física o institución,
haciéndole preguntas de todo tipo (ingresos, mercados preferentes,
fiscalidad, patrimonio, riesgo...). Identificar cuáles son los objetivos
del inversor (preferencia o aversión por el riesgo...), y sus limitaciones
(pacifistas contra las industrias de guerra, árabes, verdes ecologístas,
religión, en contra de petroleras, tabaqueras...). Pero hay que
sistematizar el cuestionario con ese cliente, con criterios científicos,
para dejar perfectamente definidas sus preferencias y sus objetivos.
Además, el cliente quiere conocer al profesional, saber si puede
confiar en él, probarle, para poder desentenderse de las inversiones
y sentirse respaldado. En este punto hay que tener mucho cuidado, ya que
puede intentar deducir el sistema seguido por el profesional para la toma
de decisiones de inversión con pequeñas cantidades y prescindir
en un futuro del profesional con el resto de sus inversiones, creyendo
haber encontrado la solución del juego, y desconociendo que es un
juego sin solución exacta, sino fruto de la experiencia y del análisis
continuado de los mercados.
Dependiendo de la edad y situación del inversor vamos a catalogarlo
como vemos en el siguiente gráfico, dándonos un perfil aproximado
del cliente. Salvo cuestiones patológicas, hay que desconfiar de
personas que no se adecúen a estos modelos.
Binomio Riesgo-Beneficio.
Es conocido que a mayor riesgo mayor beneficio y viceversa, pero lo
que se busca siempre en una cartera es determinar un grado de diversificación
tal que se obtenga el mayor beneficio posible con el mínimo riesgo
inherente.
Analizando el riesgo que pueden tener las carteras se pueden identificar
dos tipos de riesgos: el riesgo sistemático y el riesgo no sistemático.
- Riesgo sistemático: es el riesgo en el que se incurre
por el simple hecho de estar en el mercado, es el riesgo de mercado común
a todos los valores. Los elementos que lo provocan son los propios de la
economía: tipos de interés, inflación, situación
política, golpes de estado, etc. El riesgo sistemático, de
estar en el mercado, no es diversificable.
- Riesgo no sistemático: es el riesgo de cada uno de
los valores por cuestiones propias de ese valor, dependiendo de infinidad
de factores (tiempo, cambio de management, fusiones, demanda de producto,
etc.). Ese riesgo sí es diversificable.
¿Cómo medir el beneficio?
Para poder medir el beneficio hay que basarse en una serie de datos que se pueden encuadrar dentro de estas dos clases:
EJEMPLO:
Vamos a analizar el beneficio esperado de un valor americano como es
Digital:
Tomamos valores medios del beneficio multiplicándolo por los
suyos reales y nos da, por ejemplo, un 0.014, es decir, un 1.4% anual en
un período largo de tiempo para un 40% de beneficio, pero también
lo puedo perder.
La banda de fluctuación se halla cogiendo la cotización
de hoy, restándole la diferencia entre el máximo y el mínimo
de la cotización de hoy en valor absoluto. Esa es la variación,
en porcentajes, que podría experimentar el valor. Si tenemos expectativas
de subida en ese porcentaje compraremos el valor, y en caso contrario lo
venderíamos.
Por ejemplo, el 4% del total del período ha perdido el 30%,
sobre el total, 4% anualizado. El 61% de probabilidad significa que el
valor se mueva entre (-10) y (-20). Cuanto más comprimida esté
la gráfica menos es el riesgo, y cuanto más extendida más
volátil.
Siendo:
E(R) = valor esperado (esperanza matemática).
Ri = Diferencias positivas y negativas.
pi = Probabilidades.
- Varianza: Cuanto más amplia es la banda más arriesgado
es el valor. Hay que ver la desviación de la distribución
con respecto a los valores medios.
Si el 90% del tiempo está en el centro hay poca probabilidad
de estar en un extremo o en el otro.
Ri = Rentabilidad o Beneficio.
E(R) = Beneficio esperado.
- Desviación típica o estándar:
Cuanto más alta es la varianza mayor es el riesgo de un
valor, y cuanto más baja sea menor será el riesgo, y con
la desviación estándar ocurre lo mismo. Por consiguiente,
lo que se debe hacer es comparar la varianza o la desviación típica
para diversificar el riesgo de las inversiones.
- El riesgo sistemático (Markovic):
El riesgo sistemático es el grado de variabilidad de ese valor
causado por la variabilidad de la economía, es decir, es el riesgo
de mercado. Cada valor se ve afectado por este riesgo sistemático
de una manera particular. Le puede afectar en gran medida o puede no ser
un valor independiente a este riesgo.
Siendo rjm el coeficiente de correlación entre el
valor y el mercado, es decir, el porcentaje de variación del valor
explicado por las variaciones del mercado.
Cuando el mercado sube un 10% hay valores que suben un 3% y valores
que suben un 25%. Cuando son muy sensibles a las variaciones del mercado,
la covarianza es muy elevada, pudiendo ser los movimientos de ese valor
en los dos sentidos, al alza y a la baja.
De lo expuesto anteriormente, se deduce que es fundamental, para la
toma de decisiones a la hora de gestionar el riesgo de una cartera, saber
si los valores que la forman funcionan como el mercado o no. Pero la recomendación
es clara: tener valores con covarianza alta en momentos de mercado alcista,
y tener valores con covarianza baja en momentos de mercado bajista.
Beta de un Fondo de Inversión.
El Beta de un mercado nos indica el grado de variabilidad numérico,
histórico de ese mercado. El Beta de una valor mide el riesgo sistemático
del valor en relación con el riesgo sistemático general del
mercado.
Un Beta igual a 1,05 indicará que si el mercado se mueve hacia
arriba, ese valor se moverá un 5% por encima del mercado. Pero si
el mercado se mueve hacia abajo, ese valor también bajará
un 5% por debajo del mercado.
Un Beta igual a 1 indicará que el valor fluctúa exactamente
igual que el mercado, y subirá o bajará en los mismos términos
que ese mercado.
El Beta es la mejor medida del riesgo sistemático de un valor,
para ver cómo le afectan las variaciones del mercado. Evidentemente
los Betas son dinámicos, siempre tienen una tendencia, y hay uno
para cada valor dando una idea de la variación de ese valor en relación
a la variación en el mercado. Cuanto más alto es el Beta
mayor es el riesgo, ya que los mercados suben igual que bajan.
En el conjunto de valores de una cartera, el Beta se va a analizar
de la siguiente manera:
Siendo el Wi el peso específico de un determinado
valor dentro de la cartera total.
Ese Beta indica el perfil de riesgo de una cartera, o de un Fondo de
inversión en su caso. Una cartera con un Beta mayor que 1 será
una cartera arriesgada. Por el contrario, una cartera con un Beta menor
que 1 será una cartera conservadora.
La validez de los Betas depende de que su coeficiente de correlación
sea elevado.
- Fondos de Indice: Según lo expuesto anteriormente,
se puede formar un Fondo de Inversión que tenga todos los valores
que forman, por ejemplo, el IBEX-35 y cada uno en su proporción
y de acuerdo a su peso dentro del índice. Este Fondo se comportaría
exactamente igual al mercado, es decir tendría un Beta de 1.
La Diversificación.
La diversificación es la estrategia utilizada por los gestores
de carteras para evitar todo lo estudiado en temas anteriores, es decir,
la concentración de riesgo en determinados valores. Los gestores
tratan de eliminar el riesgo no sistemático con la diversificación,
ya que su concentración en un valor no es medible.
La diversificación se puede llevar a cabo de muchas formas.
Una forma muy simple sería seguir el proverbio español de
"no tener todos los huevos en la misma cesta", aunque no es una forma muy
científica pero valdría para nuestros objetivos. Pero existen
métodos científicos muy desarrollados que también
se analizarán posteriormente.
A medida que aumenta el número de valores que componen la cartera
el riesgo disminuye. Por el contrario, a medida que disminuye el número
de valores que componen la misma, el riego no sistemático es considerable.
Como se ha hecho anteriormente, se utiliza la covarianza como medida
del riesgo:
(riesgo de un valor respecto a la variabilidad
del mercado)
(riesgo de un valor respecto a la variabilidad de otro valor) |
Tamaño de la cartera | Riesgo sistemático (desviación típica) | Riesgo no sistemático en % del riesgo total | Riesgo sistemático en % del riesgo total |
1
2 8 16 32 128 |
0.554
0.451 0.354 0.335 0.325 0.318 |
43%
30% 11% 6% 3% 1% |
57%
70% 89% 94% 97% 99% |
500 (todos) | 0.315 | 100% |
Como se observa en el cuadro, la diversificación anula el riesgo
no sistemático. Pero tiene unos límites, incluso operativos,
incrementándose el coste de tener, por ejemplo, 128 valores en cartera
o tener 32 valores, cuando sólo hay una diferencia del 99% al 97%
en el riesgo sistemático. Luego, a partir de un cierto umbral, hay
una diversificación ineficiente debido a que no se avanza prácticamente
nada.
La frontera eficiente, según el cuadro, estaría a partir
de los 16 valores. A partir de 16 valores se está entrando en una
curva de costes crecientes, con un mayor incremento de costes de intermediación.
La frontera eficiente, por tanto, está entre 16 y 32 valores.
Según el cuadro, el tamaño mínimo de una cartera
es de 15 ó 16 valores, y el máximo 30 ó 32, en sectores
diferentes.
El problema es encontrar ese número de valores y que no estén
correlacionados (en Madrid no hay 25-32 sectores). En España con
comprar todos los valores que forman el IBEX-35 se está en el 100%
del riesgo sistemático, pero comprando 10 de esos valores se puede
estar en el 99%, como se ha explicado antes.
Rentabilidad Anualizada de un Fondo de Inversión.
La rentabilidad anualizada es la rentabilidad que se obtendría
a fin de año extrapolando la obtenida en un período de tiempo
más corto, considerando que se mantenga constante la rentabilidad
de dicho período durante el resto del año.
Cuando la evolución de los tipos de interés es a la baja,
la rentabilidad anualizada puede confundir al inversor, creándole
falsas expectativas de altas rentabilidades, muy superiores a los tipos
de interés actuales del mercado, lo que posiblemente no se alcanzará
a final de año.
Dados los diversos factores que pueden hacer variar los tipos de interés
(inflación, fortaleza o debilidad de la peseta en el Sistema Monetario
Europeo, evolución de los tipos de interés en otros países
de nuestro entorno económico, tales como EE.UU., Alemania, Inglaterra,
Japón y Francia, dificultades del Tesoro para financiar el déficit
Público, etc.), y salvo que exista una situación de cierta
estabilidad de dichos tipos, ningún Fondo de Inversión Mobiliaria
puede garantizar que el rendimiento obtenido en un período de tiempo
se vaya a mantener constante durante el resto del año. Por lo tanto,
estas rentabilidades anualizadas sólo deberían utilizarlas
los inversores para comparar entre sí los diversos Fondos de Inversión
y elegir el que consideren más adecuado a sus necesidades.
Existen diversas formas de calcular la rentabilidad anualizada:
Tasa Interna de Rentabilidad (TIR), Tasa de Retorno o Tipo de Rendimiento Interno de una Inversión.
Antes de definir la tasa interna de rentabilidad, es necesario conocer
y desarrollar el concepto del valor actual neto (VAN) de una inversión.
El Valor Actual Neto (VAN) de una inversión es el valor actualizado
de todos los flujos de capital (ingresos y pagos) efectuados durante el
período de duración de la inversión. Es decir, es
igual a la diferencia entre los valores actualizados de los ingresos y
los pagos.
Con el VAN se conoce el valor que tendrá hoy una cantidad de
dinero que será cobrada o pagada en una fecha futura.
El VAN se determina mediante la siguiente fórmula:
La Tasa interna de rentabilidad (TIR) de una inversión es el
tipo de interés, r, que iguala el valor actual neto de todos los
ingresos (entradas de dinero) con el valor actual neto de todos los gastos
(salidas de dinero). O lo que es lo mismo, el TIR es aquel tipo de interés
que hace que el valor actual neto (VAN) de una inversión sea igual
a cero.
Por lo tanto, la Tasa interna de rentabilidad (TIR) será el
valor de r que haga que el VAN sea igual a cero, es decir, que:
Para que la TIR nos sirviera en todos los casos para definirnos en nuestras
inversiones, se debería utilizar el tipo de interés de la
curva de tipos cupón cero, ya que en caso contrario puede darse
el caso de no ser la mejor inversión aquella de mayor TIR, y podrían
arbitrarnos.
Aclaración
Volatilidad de un Fondo de Inversión.
La volatilidad mide, a partir de cero, la desviación de la rentabilidad
de un fondo, es decir, las fluctuaciones que sufre el valor de la participación
durante un período determinado. A medida que este indicador se aleje
de cero crece la volatilidad.
Este índice sirve de baremo para detectar el nivel de estabilidad
de las carteras, analizar la política de inversión y descubrir
los peligros que pueden esconderse detrás de rentabilidades deslumbrantes.
A mayor volatilidad, mayor riesgo de las inversiones. A menor volatilidad,
mayor seguridad. Conociendo los dos parámetros, rentabilidad y volatilidad,
será más fácil acertar en el producto adecuado y valorar
correctamente las posibilidades a largo plazo.
Una elevada volatilidad no significa necesariamente que un fondo no
sea adecuado: lo será para quien esté dispuesto a asumir
una buena dosis de riesgo a través de una gestión agresiva
y variada por parte de los gestores. Por el contrario, el inversor más
conservador, el que busca un lugar seguro para sus ahorros, deberá
apostar por fondos de baja volatilidad como garantía de que no habrá
sorpresas futuras.
Los fondos que invierten en renta variable son los más volátiles,
ya que su evolución sube o baja al ritmo que marcan los mercados
bursátiles. Las desviaciones son menos acusadas en los fondos que
invierten en renta fija y prácticamente inexistentes en los FIAMM.
La estabilidad que caracteriza a los fondos de dinero hace que entre las
rentabilidades ofrecidas apenas existan cortas variaciones.
Para el cálculo de la volatilidad hay que distinguir los siguientes
conceptos:a) Promedio.b)
Desviación.c) Varianza.
La rentabilidad promedio es la suma de todas las rentabilidades mensuales, dividida por el número de meses:
La desviación es la diferencia entre las rentabilidades mensuales y la rentabilidad promedio:
La varianza es la suma de los cuadrados de las desviaciones con respecto a la rentabilidad promedio, dividida por el número de meses:
La volatilidad o desviación estándar es igual a la raíz cuadrada de la varianza:
Tasa Anual Equivalente de un Fondo de Inversión.
Es el tipo de interés resultante de la reinversión al
mismo tipo de interés nominal o a otro distinto, de los intereses
percibidos en cada período del año, es decir, el tipo de
interés al que habría que invertir un capital, para que su
rendimiento al final de un año fuese el mismo que el que produce
ese mismo capital, reinvirtiendo los intereses percibidos en períodos
más cortos que el año, al mismo tipo de interés nominal
o a otro distinto.
No obstante lo anterior, para el cálculo de la TAE siempre se
considera que los intereses percibidos periódicamente se reinvierten
al mismo tipo de interés.
La TAE depende fundamentalmente del número de liquidaciones
de intereses realizadas durante el año, aumentando o disminuyendo
su valor en función del mayor o menor número de dichas liquidaciones.
Cálculo de la Tasa Anual Equivalente:
1) Intereses capitalizados al mismo tipo de interés nominal:
2) Intereses capitalizados a un tipo de interés distinto del nominal:
Cálculo del Interés Nominal:
Cálculo de la Tasa Anual Equivalente de un Fondo de Inversión:
Marco Legal
La Ley 46/84, de 26 de diciembre, de Instituciones de Inversión
Colectiva en su artículo 2 sólo regula los tipos de Instituciones
de Inversión Colectiva de carácter financiero y distingue
entre Sociedades de Inversión Mobiliaria (S.I.M.) y Fondos de Inversión
Mobiliaria (F.I.M.) y de Inversión en Activos del Mercado Monetario
(F.I.A.M.M.).
Posteriormente, la Ley 19/1992, de 7 de julio, sobre régimen
de Sociedades y Fondos de Inversión Inmobiliaria y sobre Fondos
de Titulación Hipotecaria da cobertura legal a las Sociedades y
Fondos de Inversión Inmobiliaria.
A su vez, las Sociedades de Inversión Mobiliaria pueden ser
de capital fijo o variable,
y la diferencia estriba en que estas últimas pueden aumentar
y disminuir su capital social dentro de unos límites mínimo
y máximo y con unos requisitos.
Ley de 15 de julio de 1.952, sobre Régimen Jurídico Fiscal
de las Sociedades de Inversión Mobiliaria.
Ley de 26 de diciembre de 1958, sobre Sociedades de Inversión
Mobiliaria.
La promulgación de la Ley de 14 de abril de 1962 sobre Ordenación
del Crédito y de la Banca desarrollada por el Decreto-Ley 7/1964,
de 30 de abril, y por distintas Ordenes Ministeriales del Ministerio de
Hacienda, autorizó al Gobierno para que regulase las Sociedades
de Capital Variable, así como los Fondos de Inversión Mobiliaria,
y sirvió de introducción de este tipo de instituciones dentro
del sistema financiero español.
Ley 50/1977, de 14 de noviembre, de Medidas Urgentes de Reforma Fiscal.
Ley 18/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas.
Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuesto de Sociedades.
Ley 46/84, de 26 de diciembre, reguladora de las Instituciones de Inversión
Colectiva, reglamentada por el Real Decreto 1.393/1990, de 2 de noviembre.
Es en esta Ley donde se regulan las Sociedades de Inversión Mobiliaria
(de capital fijo o variable), los Fondos de Inversión Mobiliaria
y los Fondos de Inversión en Activos del Mercado Monetario.
Ley 24/1988, del Mercado de Valores. Reglamento de 16 de noviembre
de 1990.
Ley 19/1992, de 7 de julio, ha modificado el artículo 32, añadiendo
dos nuevos artículos 34 bis y 35 bis con objeto de introducir la
regulación necesaria para la creación y funcionamiento de
los Fondos de Inversión Inmobiliaria.
Real Decreto Ley 7/1996, de 7 de junio, relativo a las medidas fiscales
sobre tributación del ahorro en el I.R.P.F.
Nueva Ley de Reforma del Mercado de Valores
En primer lugar, y al objeto de agilizar la constitución de Fondos
y Sociedades de Inversión, se potencian las funciones de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores.
En segundo término, crea una nueva figura de Fondos, los llamados
Fondos de Fondos, caracterizados por invertir mayoritariamente en
valores de otras Instituciones de Inversión Colectiva.
En tercer lugar, se perfilan más claramente las reglas de inversiones
en instrumentos derivados.
Por lo que concierne a las Sociedades Gestoras de Fondos, se
establece la posibilidad de que puedan comercializar sus propios Fondos
de Inversión.
Además, la Dirección General del Tesoro y Política
Financiera y la Comisión Nacional del Mercado de Valores están
trabajando en la elaboración de una nueva Ley de Instituciones
de Inversión Colectiva, que no conviene olvidar, entró
en vigor en 1984, es decir hace ya más de doce años.
Esta nueva Ley debería permitir a las Instituciones españolas
incorporar nuevas figuras de Fondos y flexibilizar y ampliar sus
capacidades de inversión, situando así a los Fondos
españoles en igualdad de condiciones que las del resto de los principales
países, en cuanto a volumen de activos gestionados, de la Unión
Europea.
4. Sociedades de Inversión Mobiliaria (S.I.M.)
El artículo 2 de la Ley de 26 de diciembre de 1984, después
de enumerar las Instituciones de Inversión Colectiva de carácter
financiero que constituyen su ámbito de aplicación, distingue
las Sociedades de los Fondos de Inversión, puesto que en el primer
caso se trata de verdaderas Sociedades Anónimas, mientras que en
el segundo supuesto habla de patrimonios que, por supuesto, serán
administrados y representados por una Sociedad Gestora, que adopta la forma
de Sociedad Anónima.
Las Sociedades de Inversión Mobiliaria son Sociedades que tienen
por objeto exclusivo la adquisición, tenencia, disfrute y administración
en general y enajenación de valores mobiliarios y otros activos
financieros para compensar, por una adecuada composición de sus
activos, los riesgos y los tipos de rendimiento, sin participación
mayoritaria económica o política en otras Sociedades.
Patrimonio mínimo:
400 mill. De pesetas.
Acciones nominativas.
Accionistas:
Un mínimo de 100.
Comisión de control, de gestión, y auditoría:
Cuando lo soliciten, un número de accionistas que representen
al menos el 10% del capital social.
Límites de Inversiones S.I.M.
Hasta 5% de su activo en otras Instituciones de Inversión Colectiva.
Prohibido si inversión pertenezca al mismo grupo.
Hasta 5% de su activo en valores de una misma entidad. Ampliable hasta
el 10% siempre que la suma de las inversiones en valores en que se supere
el 5% no supere el 40% de su activo total.
Hasta 15% de su activo en valores pertenecientes a un mismo grupo.
Hasta 5% de los valores en circulación de una compañía.
La suma de las inversiones de I.I.C. pertenecientes a un mismo grupo
no podrán rebasar el 15% de los valores en circulación de
una misma entidad.
Hasta el 35% de su activo en títulos emitidos por Estado, CEE,
CC.AA., o los O.I. de los que España sea miembro. Podrán
llegar al 100% siempre que se diversifiquen entre, al menos, 6 emisiones
diferentes.
Tendrán al menos el 90% de su activo invertido en:
Valores admitidos a negociación en bolsas de valores españolas.
Deuda publica.
Otros valores (mercado hipotecario, pagares de empresa) siempre que
sean negociables en un mercado español, organizado, de funcionamiento
regular, reconocido, y abierto al publico.
El resto de los recursos en valores que gocen de especial liquidez.
Podrán realizar operaciones en los mercados de futuros y opciones
financieros.
Tributación S.I.M.:
Al tipo 1% en el I.S.S.
Las S.I.M. que no coticen en bolsa tributarán al tipo general
en el impuesto sobre sociedades y quedan sometidas al régimen de
transparencia fiscal.
Tributación accionista:
Misma que los fondos de inversión.
|
|
Sociedad anónima por acciones
Diferencia entre valor liquidativo y valor bursátil. El precio depende de la oferta y la demanda. No se asegura la liquidez |
Sin personalidad juridica-participaciones.
Coincide el valor liquidativo y el valor bursátil. El precio se determina de una manera objetiva. Liquidez por ley. |
5. Sociedades de Inversión
Mobiliaria de Capital Variable (S.I.M.C.A.V.)
Patrimonio mínimo:
400 mill. de pesetas.
Accionistas:
Mínimo 100.
Inversiones:
Igual que en las S.I.M..
Inversión y liquidez:
Igual que en las S.I.M..
Características especificas S.I.M.C.A.V.
El capital correspondiente a las acciones en circulación es
susceptible de aumentar o disminuir, dentro de los límites del capital
estatutario máximo y del inicial fijado, mediante la venta o adquisición
por la sociedad de sus propias acciones, sin necesidad de acuerdo de la
junta general.
Capital estatutario máximo. No podrá ser superior en
más de 10 veces al capital inicial.
Las acciones representativas del capital estatutario máximo
que no estén suscritas o que posteriormente haya adquirido la sociedad,
deben estar en poder del depositario.
El título de la acción deberá expresar el capital
inicial y el capital estatutario máximo.
El ejercicio de los derechos incorporados a las acciones en cartera,
quedará en suspenso hasta que hayan sido suscritas y desembolsadas.
Las obligaciones, pagarés o similares que emita no podrán
ser convertibles en acciones.
La disminución del capital inicial y el aumento o disminución
del estatutario máximo, deberán acordarse por la junta general
de accionistas.
Cuando la diferencia entre el valor teórico y la cotización
oficial sea superior al 5% de aquél, la sociedad deberá intervenir
necesariamente comprando o vendiendo sus acciones, según que la
cotización de las mismas sea inferior o superior a su valor teórico.
|
|
|
|
|
|
6. Los Fondos Inmobiliarios
Ley 19/1992 de 7 de julio.
Decreto 686/1993 de 7 de mayo.
Orden ministerial 23 de septiembre de 1993 sobre Fondos y Sociedades
de Inversión Inmobiliaria y sus normas de desarrollo.
Los Fondos de Inversión Inmobiliaria son una modalidad de I.I.C.
de carácter no financiero. Tienen como objeto exclusivo la inversión
en bienes inmuebles para su explotación, exclusividad que será
compatible con la inversión en valores y activos líquidos.
Este tipo de inversión colectiva pretende crear unas determinadas
estructuras, ágiles y sencillas en su funcionamiento, que permitan
a muchos pequeños ahorradores beneficiarse de los rendimientos que
genere el mercado inmobiliario, lo que hasta ahora estaba limitado a grandes
inversores.
Características de los F.I.I.
Tipos de fondos:
Abiertos (Alemania, suiza).
Cerrados (la salida de un partícipe tiene que significar la
entrada de otro). Francia.
Dónde invierten:
Alemania y Francia. Predominio de locales comerciales.
Suiza. Alquiler de viviendas.
Patrimonio:
1.500 millones de pesetas.
Las aportaciones sólo pueden ser en efectivo.
Los precios de suscripción y reembolso deberán ser fijados,
al menos, mensualmente.
Deberá permitirse el reembolso al menos una vez al año.
Los bienes inmuebles deberán tasarse al menos una vez al año
y, en todo caso, en el momento de su adquisición o venta.
Inversiones:
Al menos el 70% del activo deberá estar invertido en bienes
inmuebles.
El numero mínimo de bienes inmuebles será de 7.
Un solo inmueble no puede suponer más del 20% del activo.
Los bienes arrendados a entidades de un mismo grupo no podrán
exceder del 25% del activo.
No podrán adquirir o vender inmuebles a entidades que pertenezcan
al mismo grupo financiero.
Es necesaria una sociedad de tasación independiente, inscrita
en le registro especial del B.E. (Banco de España), para valorar
el activo.
Esta sociedad será designada por un periodo no inferior a tres
años ni superior a nueve. Sus retribuciones no podrán ser
superiores al 15% de los ingresos por servicios de valoración.
También se tasará: en el momento de la compra y en el
de la venta
(salvo que se hubiese valorado en los 6 meses anteriores).
No se podrán hacer actividades de promoción inmobiliaria,
si bien se permite la rehabilitación para su posterior arrendamiento.
Podrá utilizar financiación hipotecaria hasta el 20%
del activo.
Coeficiente de liquidez:
El 5% del activo total del mes anterior.
Tipo impositivo:
Se pretende financiar el sector de viviendas en régimen de alquiler.
El 1% cuando la totalidad del patrimonio esté compuesta exclusivamente
en viviendas para su arrendamiento.
El 7 % si es mixto y al menos el 50% del patrimonio esta invertido
en viviendas para su arrendamiento.
Los fondos libres tributan al régimen general del impuesto sobre
sociedades (35%).
Cada inmueble debe mantenerse en el patrimonio del fondo al menos cuatro
años.
Comisiones y gastos
Comisiones de gestión:
4% sobre el volumen del patrimonio.
10% de los resultados obtenidos.
1,5% del patrimonio y 5% de los resultados.
Comisiones de suscripción y reembolso:
No podrán exceder del 5% del precio de las participaciones.
Comisión de depositario:
Hasta el 4 por mil del patrimonio del fondo.
Otros gastos:
De tasación.
De auditorías. De mantenimiento y reparación.
De rehabilitación.
Vinculados a la compra y venta de inmuebles.
Aquéllos otros que permita el reglamento de gestión.