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"La condición sexual no es determinante a la hora de elegir a las familias canguro, lo que importa es que los solicitantes sean capaces de ejercer la paternidad y de dar cariño a la criatura", asegura el director de Protección al Menor y Atención a la Familia del Institut de Serveis Socials, Antonio Calvo.
El Institut de Serveis Socials (S'Institut) analiza, caso por caso, las aptitudes de las personas que solicitan acoger temporalmente a un niño que ha sido separado de sus padres. Se evalúan los criterios educativos de los padres en potencia así como sus valores y sus aptitudes generales.
De momento, ninguna pareja homosexual ha pedido hacerse cargo de uno de estos niños, pero en caso de que se recibiera una solicitud "no habría ningún problema", afirma
Calvo.
Del mismo modo, si una persona homosexual solicita a S'Institut el acogimiento temporal de un niño, no se le pone ningún impedimento, siempre que se adapte al perfil exigido por los especialistas para hacerse cargo de una criatura.
De esta manera, S'Institut, presidido por Antoni Serra, considera que la sexualidad de una persona o de una pareja no es determinante a la hora de concederle o no concederle un acogimiento temporal de acuerdo con el programa de familias canguro, que se desarrolla desde el año 2001.
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