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Artículo 29 |
El buen samaritano (1890). Vincent Van
Gogh

Artículo 29 de
la Declaración Universal:
1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo
en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus
derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará
solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único
fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades
de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral,
del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades
no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición
a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.