La Declaración Universal de los Derechos Humanos
Artículo 10
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Auto de Fe (1683). Francisco Ricci

Artículo 10 de la Declaración Universal: Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en material penal.


Museo del Prado