La Declaración Universal de los Derechos Humanos
Artículo 22
página principal

Ciencia y caridad (1897). Pablo Picasso

Artículo 22 de la Declaración Universal: Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.


Óleo sobre lienzo. Museo Picasso, Barcelona. 197 x 249 cm.