La Declaración Universal de los Derechos Humanos
Artículo 11
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Libertad o muerte (1986). Oscar Demejo

Artículo 11 de la Declaración Universal: 1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.


Colección John W. Kluge.
Fuente: pintura.aut.org (2007)