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Artículo 19 |
El grito (1983) Oswaldo Guayasamin

Artículo 19 de
la Declaración Universal: Todo individuo tiene derecho a la
libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye
el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir
informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de
fronteras, por cualquier medio de expresión.