La Declaración Universal de los Derechos Humanos
Artículo 30
página principal

En un mar de silencio (1998). Ángel Orcajo

Artículo 30 de la Declaración Universal: Nada en la presente Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendentes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.


Acrílico sobre madera y listones. 200 x 230 cm..
Fuente: pintura.aut.org (2007)