La Seguridad Social garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación, bien por realizar una actividad profesional, bien por cumplir los requisitos exigidos en la modalidad no contributiva, así como a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada en las contingencias y situaciones que la ley define.
A efectos de la modalidad contributiva, todos los españoles cualesquiera que sea su sexo,
estado civil y profesión, que residan y ejerzan normalmente su actividad en territorio nacional,
y que sean:
Trabajadores por cuenta ajena.
Trabajadores por cuenta propia o autónomos.
Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado.
Estudiantes.
Funcionarios públicos.
Todos los españoles residentes en territorio nacional, a efectos de las prestaciones de modalidad no contributiva.Los españoles no residentes en territorio nacional, en determinadas situaciones.
Extranjeros con permiso de residencia y de trabajo en España. Los trabajadores comunitarios no necesitan permiso de trabajo.
Régimen General.
Regímenes Especiales.
La afiliación a la Seguridad Social es obligatoria para todas las personas incluidas en su campo de aplicación, en cuanto a la modalidad contributiva y única para toda lavida y para todo el sistema.La cotización a la Seguridad Social es obligatoria, desde el momento de iniciarse la actividad.
