Novedades

Arriba ] Fohneu ] OtrasWebs ] Socios ] Aet ] Acerca ] Federacion ] [ Novedades ] Actividades AET ]

 

Agenda

 

(30/11/2000) En la última reunión del Grupo de Trabajo de Profesionales Sanitarios, celebrada el 30 de noviembre de 2000, se aprobaron la ponencia y las conclusiones definitivas del citado grupo de Trabajo que había iniciado su singladura tras el Mandato de la C.N.S.S.T., en Mayo de 1999.

En la 10ª Conclusión se dice textualmente: "Es preciso reconocer e incorporar plenamente el papel de la enfermería de empresa, que agrupa a profesionales capacitados para desempeñar sus funciones sanitarias en los servicios de prevención y crear la Especialidad de Enfermería de Salud Laboral como vía más adecuada para garantizar la formación de estos profesionales".

(14/1/2000)   El pasado 12 de enero los miembros de la mesa del Grupo de Trabajo de PROFESIONALES SANITARIO, han entregado su ponencia a la secretaría de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Se prevé se reunan a  mediados del próximo mes de febrero
.

Asímismo el Secretario General de Empleo,Sr. Chozas, y presidente de la citada Comisión Nacional envió a la secretaría de la Comisión, para su difusión, el Informe remitido por la AET en el que se argumentaba nuestra opinión sobre la presunta falta de Enfermeros especialistas Diplomados de Empresa y la actitud de las MATEPSS de no contratar a enfermeros de empresa en número suficiente, manteniendo así artificialmente el supuesto déficit de Enfermeros de Empresa.

 

Resolución de 23 de noviembre de 1999, de la Secretaría de Estado de la SeguridadResolución de 23 de noviembre de 1999, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, que dicta instrucciones con el fin de incluir en la estructura presupuestaria de la Seguridad Social para 1999 la modificación del primer párrafo del artículo 38.1.c) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, incorporando una nueva prestación dentro de la acción protectora de la Seguridad Social,la de riesgo durante el embarazo.
B.O.E. de 4 de diciembre de 1999

Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras. Modificaciones que se introducen en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Capítulo IV. Artículo décimo. Protección de la maternidad.
B.O.E. núm. 266 del sábado 6 de noviembre de 1999

 

El Tribunal Superior vasco considera el agotamiento psíquico enfermedad laboral. Hasta ahora se calificaba de enfermedad común.VASCO PRESS, San Sebastián
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ratificado en una sentencia que el "agotamiento psíquico" que se derive directamente de la práctica de la actividad laboral se considera enfermedad laboral, a pesar de que esta figura no se contemple en el cuadro de enfermedades profesionales. El tribunal señala que se dará esta calificación "siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución" del trabajo.
Diario EL PAIS del Sábado 13 de noviembre de 1999.
download.gif (550 bytes)
Fichero pdf.4 Kb.

Novedades ya pasadas de moda

Arriba ] Fohneu ] OtrasWebs ] Socios ] Aet ] Acerca ] Federacion ] [ Novedades ] Actividades AET ]

"Esta página web está en constante proceso de elaboración.
Disculpen las molestias"


Copyright 1998-2002 © ASOCIACION ESPAÑOLA DE ENFERMERIA DEL TRABAJO Y SALUD LABORAL  "AET"
Última modificación 24 de noviembre de 2002.

Escribanos si desea ponerse en contacto con nosotros.gif (2917 bytes)   aet@tinet.org