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DE FINQUES DE TARRAGONA

BAREMO de HONORARIOS
REGIMEN DE PROPIEDAD VERTICAL

Factor de Actualización (FA) para 1.999: 1'050
Cuando el encargo de administración tenga las características enumeradas en la definición de "administración tipo" (1), el baremo de honorarios será el que se expresa seguidamente (Iva no incluido). En caso contrario podrán aplicarse a este baremo los índices correctores (2) que correspondan. Este baremo cubre las "tareas habituales" descritas más adelante (4). También puede ver algunos ejemplos de aplicación de los baremos.

BAREMO para una administración "Tipo":

El Administrador percibirá:

  1. Una cantidad mínima por cada departamento administrado.
  2. Una cantidad variable en función de las rentas que devenguen los departamentos administrados.
  3. Una cantidad equivalente a los gastos (suplidos) que se originen dentro de cada periodo de liquidación y
  4. Una cantidad por finca (inmueble) administrado.

A) CANTIDAD MÍNIMA POR DEPARTº ADMINISTRADO 1.200 X FA Ptas/departº/mes

B) CANTIDAD VARIABLE EN FUNCION DE LAS RENTAS DEVENGADAS: Aplicable a cada edificio en donde se administren uno o más departamentos. Si se administran varios edificios con uno o más departamentos en cada uno de ellos, no podrán acumularse las rentas para la aplicación de la siguiente tabla

TABLA de PORCENTAJES

Desde (Ptas)Hasta (Ptas) %Mínimo Máximo
110.0007,00 1.5001.500
10.00130.0006,50 1.5001.950
30.00160.0005,50 1.9503.300
60.00190.0004,50 3.3004.050
90.001150.0003,50 4.0505.250
150.001300.0003,00 5.2509.000
300.001500.0002,50 9.00012.500
500.001?2,00 12.500?

En los departamentos vacíos u ocupados por la propiedad, se tomará como renta devengada la parte proporcional que le corresponda de la renta catastral.

C) CANTIDAD VARIABLE (SUPLIDOS): La que sea justificable en función de los gastos que se originen con motivo de la administración del/de los departamento/s (cartería, comunicaciones, desplazamientos, gastos bancarios,...), con un mínimo de 100 X FA Ptas/departamento/mes.

D) CANTIDAD FIJA POR INMUEBLE: Aplicable cuando se administra la totalidad del edificio: 1.500 X FA Ptas/ediificio/mes